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Tribunal Supremo, Sentencia 13-2-1984
Tribunal Supremo
La función de dirección técnica de la obra entraña esencialmente tres obligaciones, el incumplimiento de las cuales, por el técnico correspondiente, si origina daños o defectos en la obra, constituye un vicio de dirección. Vigilancia de los trabajos de construcción asegurando que las obras se ajustan a lo que se proyectó y a las reglas de la buena construcción.
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Tribunal Supremo, Sentencia 7-10-1983
Tribunal Supremo
La función de dirección técnica de la obra entraña esencialmente tres obligaciones, el incumplimiento de las cuales, por el técnico correspondiente, si origina daños o defectos en la obra, constituye un vicio de dirección. Vigilancia de los trabajos de construcción asegurando que las obras se ajustan a lo que se proyectó y a las reglas de la buena construcción.
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Tribunal Supremo, Sentencia 22-11-1982
Tribunal Supremo
La función de dirección técnica de la obra entraña esencialmente tres obligaciones, el incumplimiento de las cuales, por el técnico correspondiente, si origina daños o defectos en la obra, constituye un vicio de dirección. Controlar e inspeccionar los materiales y mezclas empleados en la obra.
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Tribunal Supremo Sala 1ª, Sentencia 7-10-1982
Tribunal Supremo
Desistimiento del promotor.
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Tribunal Supremo, Sentencia 30-4-1982
Tribunal Supremo
La función de dirección técnica de la obra entraña esencialmente tres obligaciones, el incumplimiento de las cuales, por el técnico correspondiente, si origina daños o defectos en la obra, constituye un vicio de dirección. Adoptar las medidas necesarias para el desarrollo de las obras y solucionar los problemas imprevistos en el Proyecto, o inadecuadamente tratados en el mismo.